Opinión del Juez JOHN G. KOELTL, District Judge a Yani Rosenthal.

Washington DC, 14 de abril de 2021

A continuación les compartimos la opinión y orden del Juez para el Distrito Sur en New York, JOHN G. KOELTL sobre el ex convicto y lavador de activos del narcotrafico, Yani Rosenthal.

JOHN G. KOELTL, Juez de Distrito:
13-cr-413-2 (JGK)

OPINIÓN Y ORDEN

El 26 de julio de 2017, el acusado se declaró culpable de un cargo de participar e intentar participar en transacciones monetarias en propiedad derivada de actividades ilícitas especificadas, a través del tráfico de drogas, en violación de 18 EE.UU.C. § 1957. Dkt.No. 222, a las 30. De conformidad con el alegato del demandado acuerdo y el Informe de Investigación de Actualidad, con el que la Corte estuvo de acuerdo, el Rango de Sentencias de Directrices del acusado
fue de 51 a 63 meses.

El 15 de diciembre de 2017, el Tribunal condenó al acusado a 36 meses de prisión. el acusado ha estado cumpliendo esa sentencia en el Correccional Federal
Institución, Miami (“FCI-Miami”) con una fecha de liberación proyectada del 8 de agosto de 2020. Nº 325-1. Después de su mandato de prisión, el acusado será deportado de los Estados Unidos.

El argumento del acusado no tiene en cuenta todas las razones que el Tribunal de Justicia dio al imponer la sentencia que el acusado ahora está sirviendo. La conducta de la ofensa del acusado fue extremadamente grave, como señaló la Corte en la sentencia.

El acusado participó en una operación de lavado de dinero en un período considerable de tiempo, de 2008 a 2013. El acusado hacía negocios con narcotraficantes, compró más de $6 millones de dólares en productos básicos de narcótraficantes con pleno conocimiento de que los productos básicos eran el fruto de actividades del tráfico de estupefacientes, algunas de las cuales las materias primas fueron enviadas a los Estados Unidos.

En la sentencia, el Tribunal determinó que las actividades fueron una parte importante del tráfico de estupefacientes, incluso aunque el acusado no traficaba directamente con estupefacientes.


En la sentencia, el Tribunal sopesó la gravedad de varios factores atenuantes, incluyendo la devoción del acusado a su familia, sus obras caritativas que
precedió a cualquier investigación por parte del Gobierno, su aceptación de culpabilidad, y la incautación de sus bienes sustanciales.

El Tribunal llegó a una sentencia de 36 meses de prisión que representó una desviación del rango de sentencias de directrices de 51 a 63 meses de prisión, pero el Tribunal determinó, no obstante, que la sentencia era suficiente, pero no mayor de lo necesario para cumplir con los propósitos pertinentes de la sentencia según lo requerido Sección 3553(a)(1).

Por último, el acusado sigue siendo un riesgo para la comunidad. El acusado y su sería conducta de ofensa, que llevó a cabo durante un período sostenido de tiempo, hace que la pena de prisión es necesaria para proteger a la comunidad. Por lo tanto, además de la falta de “razones extraordinarias y convincentes” que justifican una reducción sentencia, aplicación de los factores establecidos en 18 EE.UU.C. § 3553(a) y la continua peligrosidad del acusado según lo establecido.

A continuación adjuntamos el documento completo

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